La batalla de los nietos por su voto

La batalla de los nietos por su voto

Un otoño decisivo

Los afectados por la suspensión del voto del Supremo ven “imposible” recuperar su derecho antes de las elecciones

Indignación y mucha preocupación. Son las palabras que más se repiten entre los afectados por la reciente decisión del Tribunal Supremo de mantener la suspensión cautelar del derecho a voto de los nacionalizados a través de la llamada ley de nietos para los comicios del 29 de noviembre. Un veto que afecta a 163.020 personas, pero que plantea excepciones, lo que abre un complejo frente judicial sobre un censo exterior que, históricamente, apenas ha influido en un puñado de escaños.

“La decisión no ha caído nada bien”, subraya José Manuel Besteiro, presidente de la Federación de Sociedades Españolas, que aglutina a 136 entidades españolas en Argentina. Desde Buenos Aires, sostiene que la medida del Alto Tribunal genera “indefensión” entre los afectados, sin tiempo material para revertir la situación por vía consular o judicial. “Con el adelanto electoral, me temo que la prohibición va a ser efectiva para todos sin distinción”, añade.

Los afectados pueden pedir un certificado al consulado, alegar al Supremo o buscar amparo ante el TC

En su resolución del lunes, el Supremo desestimó el recurso interpuesto por la Abogacía del Estado y la Fiscalía, que solicitaba permiso para votar para todos los descendientes de españoles que han adquirido la nacionalidad española gracias a ley de Memoria Democrática del 2022 y de su instrucción de desarrollo, dictada tras su aprobación.

Los jueces consideran que sí pueden ejercer este derecho los inscritos de acuerdo con la ley, que da la nacionalidad a los descendientes de exiliados “por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación e identidad sexual”. Pero no así los nietos que lo lograron por la instrucción posterior, que presume la condición de exiliado a todos los españoles que salieron del país entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955.

El Supremo da a los afectados la posibilidad de personarse en el proceso y formular alegaciones en un plazo máximo de cinco días hábiles a partir del pasado jueves, cuando el fallo se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE), para lo que despachos de abogados como el de Baltasar Garzón han ofrecido representación jurídica gratuita.

Además, los jueces abren otra pequeña espita: que antes del 23 de octubre cada registro consular certifique, “bajo su responsabilidad”, que una persona es hija o nieta de exiliados y estaba inscrita en el Censo de Españoles Residentes en el Extranjero (CERA) antes del 1 de agosto, día en el que se cerró el censo para estos co­micios.

Sin embargo, el problema es que no hay un registro informático que permita discernir la vía por la que los ciudadanos obtuvieron la nacionalidad, lo que obligaría a revisar uno a uno todos los expedientes. Por ello, desde Exteriores ven “muy complejo” que muchos consulados, ya de por sí sobrecargados, puedan implementar estas cautelares y prevén “situaciones paradójicas”, como que haya ciudadanos españoles que votaron en el 2023 o en las autonómicas más recientes que “probablemente” no podrán hacerlo ahora.

También Juan Manuel de Hoz, portavoz del Centro de Descendientes de Españoles Unidos (Cedeu) en Argentina, donde en el 2023 votó el 6,2% de los inscritos, se muestra “muy preocupado” porque es “materialmente imposible” que los consulados puedan revisar el CERA y dirimir a tiempo quién podrá votar de acuerdo con los criterios establecidos por el Supremo. “Tememos que al final nos metan a todos en el mismo saco y se arrebate el derecho a voto a quien sí puede ejercerlo”, apunta. Asegura que varios miembros de su colectivo han tratado de contactar con el consulado español en Buenos Aires, pero “que no está contestando nadie”, y que han decidido tomar la vía legal alegando ante el Supremo.

Por su parte, a instancias de Cedeu y otras entidades como el Consejo de la Ciudadanía Española en el Exterior (CGCEE), el Defensor del Pueblo elevó este viernes un recurso de amparo ante el Constitucional, al que le pidió que tome cautelarísimas para dejar sin efecto la suspensión de voto y que se pronuncie sobre “la interpretación del Supremo”. La presidenta del CGCEE, Violeta Alonso, argumenta que el veto genera un “daño irreversible” para unas personas que no han sido parte del proceso y una “discriminación ilícita” entre votantes en función del lugar de residencia, ya que solo se aplica a los que viven en el extranjero.

“Puede haber gente de una misma familia que obtuvo la nacionalidad bajo el mismo proceso, al mismo tiempo y con la misma documentación en la que quien resida en España podrá votar, pero quien lo haga en el exterior, no”, describe.

Más allá del voto en el 29-N, algunos afectados temen que este proceso derive en una estigmatización de los descendientes de españoles y abra la puerta a nuevas restricciones, incluida la denegación de la ciudadanía a los que están en trámites, pese a que no es algo que ahora esté en cuestión. “Esto puede ser solo el comienzo”, advierte De Hoz.

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